A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Amaya Perez William Alfredo·Demandado Aguas De Morroa Sa Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito con Funciones Laborales de Corozal (Sucre) y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Sincelejo (Sucre).
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso ejecutivo laboral promovido por un ciudadano en contra de la Empresa Aguas de Morroa S.A.
E.S.P., a la que estuvo vinculado, pretendiendo que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero que corresponde a pago de prestaciones sociales que le fueron reconocidas mediante actos administrativos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de acreencias laborales reconocidas en actos administrativos.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Por esta razón, se ordenó el envío del expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito con Funciones Laborales de Corozal para que continúe con el trámite procesal y para que comunique la presente decisión a las partes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales de Corozal y el Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales de Corozal es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU 2923 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales de Corozal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Sincelejo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.